/ sábado 4 de junio de 2022

Alerta Agropecuaria

El ejido como marco legal, institucional.

Para dar respuesta algunos cuestionamientos que nos han hecho varios amigos campesinos de diversas comunidades rurales, en esta editorial de Alerta Agropecuaria, les planteo algunas respuestas a sus reiteradas dudas.

El ejido es por definición una sociedad de interés social, integrada por campesinos mexicanos por nacimiento, con patrimonio social inicial comprendido por las tierras, bosques y aguas que el Estado les otorga gratuitamente en propiedad inalienable, intransferible, inembargable e imprescriptible; sujeto su Ley Agraria.

¿Qué dice el artículo 23 de la Ley Agraria?

Artículo 23.

La asamblea se reunirá por lo menos una vez cada seis meses o con mayor frecuencia cuando así lo determine su reglamento o su costumbre.

¿Qué dice el artículo 48 de la Ley Agraria?

Tierras prescriptibles en materia Agraria: de acuerdo al artículo 48 de la Ley Agraria y la jurisprudencia sentada, sólo son objeto de prescripción tierras ejidales formalmente parceladas, que no sean de las destinadas al asentamiento humano ni se trate de bosques o selvas.

¿Qué dice el artículo 47 de la Ley Agraria?, ¿Cuál es el objeto del ejido?


  1. Los terrenos ejidales son tierras que fueron otorgadas por el estado para realizar actividades agrícolas o ganaderas. Por ello, esta extensión de terreno es propiedad del municipio donde se ubica y es administrado por tres órganos jurídicos: la Asamblea Ejidal, el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia.


  2. Artículo 47. - Dentro de un mismo ejido, \u0009ningún ejidatario podrá ser titular de derechos parcelarios sobre una extensión mayor que la equivalente al cinco por ciento de las tierras ejidales, ni de más superficie que la equivalente a la pequeña propiedad.

¿Qué dice el artículo 56 de la Ley Agraria?

Los derechos sobre las tierras de uso común se presumirán concedidos en partes iguales, a menos que la asamblea determine la asignación de proporciones distintas, en razón de las aportaciones materiales, de trabajo y financieras de cada individuo.

¿Qué dice el artículo 18 de la Ley Agraria?

El artículo 18 de la Ley Agraria regula la sucesión de derechos ejidales en la vía legítima, estableciendo en sus cinco fracciones la prelación de los sujetos con derecho a suceder en el siguiente orden: I. Al cónyuge; II. A la concubina o concubinario; III…

¿Cuántas hectáreas puede tener un ejidatario?

La legislación agraria determina que los máximos territoriales que puede poseer un ejidatario para que se considere pequeña propiedad agrícola será en promedio un total de entre 100 a 300 hectáreas, dependiendo de los productos que se cultiven en dicha área, regulando con ello la cantidad de tierra que pueden poseer ... ARTICULO 7º. -La extensión de cada una de las dotaciones, variará según la calidad del terreno, pero por ningún motivo excederá de cien hectáreas por individuo o familia.

¿Cuáles son los tres tipos de ejidos?

Para efectos de esta ley las tierras ejidales, por su destino, se dividen en:

  • Tierras para el asentamiento humano;

  • Tierras de uso común; y.

  • Tierras parceladas.

¿Cómo se puede perder un derecho ejidal?

La calidad de ejidatario se pierde: Por la cesión legal de sus derechos parcelarios y comunes; Por renuncia a sus derechos, en cuyo caso se entenderán cedidos en favor del núcleo de población; Por prescripción negativa, en su caso, cuando otra persona adquiera sus derechos en los términos del artículo 48 de esta ley.

¿Cuáles son las características del ejido?

El ejido no es un conjunto de tierras, sino una persona moral y como tal tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual se encuentra conformado por un conjunto de bienes y derechos denominados propiedad ejidal.

¿Qué es la tierra ejidal?

Son terrenos ejidales o comunales que constituyen el sustento económico de la vida en comunidad de los núcleos y por exclusión, están conformadas por aquellas tierras que no han sido reservadas por la asamblea para el asentamiento humano, ni destinadas y asignadas como parcelas.

¿Qué pasa cuando un ejidatario muere?

En los casos a que se refieren las fracciones III, IV y V, de la Ley Agraria, si al fallecimiento del ejidatario resultan dos o más personas con derecho a heredar, los herederos gozarán de tres meses a partir de la muerte del ejidatario para decidir quién, de entre ellos, conservará los derechos ejidales.

¿Qué dice el artículo 80 de la Ley Agraria?

Los ejidatarios podrán enajenar sus derechos parcelarios dando preferencia a otros ejidatarios o avecindados del mismo núcleo de población, si no es de interés de algún ejidatario o avecindados del mismo núcleo el comisario ejidal deberá hacerlo del conocimiento de la comunidad, el municipio y el gobierno del estado y estos tendrán 30 días avilés para contestar en caso de no hacerlo se dan por enterados que el predio puede venderse al mejor postor; c) Dar aviso por escrito al comisariado ejidal.

Se nos terminó el espacio, hasta la próxima, pero estimado lector usted tiene la mejor opinión CONÈCTATE con nosotros: catarino_mg@hotmail.com