/ martes 9 de julio de 2024

¡Cuidado, patrón! La explotación laboral ahora está penada con cárcel

A partir del mes de junio entró en vigor una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, esta reforma tiene el objetivo de eliminar las jornadas laborales inhumanas y sin la compensación justa.

Al agregar la fracción IV en el artículo 21 de la mencionada ley, incluyen en la pena las jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la ley y quien incumpla esta disposición y explote laboralmente a una o más personas tendrá una pena de 3 a 10 años de prisión y de cinco mil a 50 mil días multa (542 mil 000 a cinco millones 428 mil 500 pesos). Esta situación se agrava cuando el delito se cometa con personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, aumentando las penas de cuatro a 12 años de prisión y de siete mil a 70 mil días multa (759 mil 990 a siete millones 599 mil 900 pesos).

Recordemos que la Ley Federal del Trabajo nos estipula que la jordana máxima laboral por semana es de 48 horas y que los trabajadores por circunstancias extraordinarias podrán trabajar horas extras, las cuales también tienen un límite:

  • -Máximo tres horas diarias.
  • -No más de tres veces a la semana.
  • -Las primeras nueve horas extras se pagan dobles.
  • -A partir de la décima hora extra se paga triple. (El pago no te exime de las sanciones)

Sin duda esta reforma causará controversias a nivel judicial y será causa de interponer recursos en demandas laborales, estaremos a la espera de cómo se resuelven los primeros casos en los tribunales superiores.

Por lo pronto, patrón toma cartas en el asunto, ya que no solamente son multas a las que puedes ser acreedor, sino que está en riesgo tu libertad y también tengan cuidado los representantes legales, los directores, los gerentes y administradores que tengan el control y tomen decisiones en las empresas, ya que igualmente son responsables penalmente si no tienen un buen compliance penal.

Te recomiendo que empieces con revisar el contenido de tus contratos laborales, que analices a detalle las jordanas laborales de cada uno de tus trabajadores, aplica una reingeniería en tus procesos para disminuir las jornadas laborales; si es necesario, contrata más personal o abre un nuevo turno; implementa controles de entradas y salidas para dejar constancia de las horas laboradas; verifica que tus recibos de nómina timbrados coincidan con tus controles de asistencia y de horas laboradas; implementa un formato que tenga que ser firmado por el trabajador y el encargado para autorizar el trabajo de las horas extras; deja constancia del pago de las horas extras, entre otros controles. Así estarás cumpliendo con el objetivo de esta reforma eliminando las jornadas laborales inhumanas y sin la compensación justa.

Por otro lado, desafortunadamente, esta reforma será una herramienta muy utilizada por los abogados representantes de los trabajadores para amedrentar a los patrones. Por lo que no escatimes en evidencias para demostrar que si estás cumpliendo con el pago de las horas extras y al mismo tiempo estás cumpliendo con los límites de la jornada laboral y de las horas extras.

Socio, director en FP Corporativo.

francopadilla@fpcorporativo.com

  • @CPFRANCOPADILLA

A partir del mes de junio entró en vigor una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, esta reforma tiene el objetivo de eliminar las jornadas laborales inhumanas y sin la compensación justa.

Al agregar la fracción IV en el artículo 21 de la mencionada ley, incluyen en la pena las jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la ley y quien incumpla esta disposición y explote laboralmente a una o más personas tendrá una pena de 3 a 10 años de prisión y de cinco mil a 50 mil días multa (542 mil 000 a cinco millones 428 mil 500 pesos). Esta situación se agrava cuando el delito se cometa con personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, aumentando las penas de cuatro a 12 años de prisión y de siete mil a 70 mil días multa (759 mil 990 a siete millones 599 mil 900 pesos).

Recordemos que la Ley Federal del Trabajo nos estipula que la jordana máxima laboral por semana es de 48 horas y que los trabajadores por circunstancias extraordinarias podrán trabajar horas extras, las cuales también tienen un límite:

  • -Máximo tres horas diarias.
  • -No más de tres veces a la semana.
  • -Las primeras nueve horas extras se pagan dobles.
  • -A partir de la décima hora extra se paga triple. (El pago no te exime de las sanciones)

Sin duda esta reforma causará controversias a nivel judicial y será causa de interponer recursos en demandas laborales, estaremos a la espera de cómo se resuelven los primeros casos en los tribunales superiores.

Por lo pronto, patrón toma cartas en el asunto, ya que no solamente son multas a las que puedes ser acreedor, sino que está en riesgo tu libertad y también tengan cuidado los representantes legales, los directores, los gerentes y administradores que tengan el control y tomen decisiones en las empresas, ya que igualmente son responsables penalmente si no tienen un buen compliance penal.

Te recomiendo que empieces con revisar el contenido de tus contratos laborales, que analices a detalle las jordanas laborales de cada uno de tus trabajadores, aplica una reingeniería en tus procesos para disminuir las jornadas laborales; si es necesario, contrata más personal o abre un nuevo turno; implementa controles de entradas y salidas para dejar constancia de las horas laboradas; verifica que tus recibos de nómina timbrados coincidan con tus controles de asistencia y de horas laboradas; implementa un formato que tenga que ser firmado por el trabajador y el encargado para autorizar el trabajo de las horas extras; deja constancia del pago de las horas extras, entre otros controles. Así estarás cumpliendo con el objetivo de esta reforma eliminando las jornadas laborales inhumanas y sin la compensación justa.

Por otro lado, desafortunadamente, esta reforma será una herramienta muy utilizada por los abogados representantes de los trabajadores para amedrentar a los patrones. Por lo que no escatimes en evidencias para demostrar que si estás cumpliendo con el pago de las horas extras y al mismo tiempo estás cumpliendo con los límites de la jornada laboral y de las horas extras.

Socio, director en FP Corporativo.

francopadilla@fpcorporativo.com

  • @CPFRANCOPADILLA