/ miércoles 14 de agosto de 2024

¿Deducciones personales en mi Declaración Anual de Persona Física?

Estamos en agosto, por lo que todavía tenemos algunos meses para terminar el año 2024 y este tema es de vital importancia para las personas físicas que presentan su declaración anual de ISR ante el SAT o que están obligadas a presentarla, como lo expliqué en un artículo anteriormente.

Es muy común que, a partir de abril, cuando se tiene la obligación de presentar la declaración anual de las personas físicas, se me acerquen varias personas a preguntar el porqué en su declaración anual les da un impuesto a pagar y no, como todos esperan, un importe a favor que les devuelvan, si realizaron varios gastos y los facturaron.

Son diversos y diferentes factores los que influyen en el cálculo anual para que una declaración salga a pagar o con saldo a favor, pero una constante es que realicen pagos durante el año los cuales pueden utilizarse como deducciones personales, pero los realicen de manera incorrecta y es por esto por lo que no pueden utilizarlos en su anual. A continuación, te mencionaré cuáles son los gastos que se consideran como deducciones personales y cuáles son los requisitos que debes cumplir para poder disminuir tu base gravable del ISR y aplicar la deducción que por derecho te corresponde.


D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios

Incluye las consultas psicológicas, nutricionales, análisis clínicos, radiografías, lentes graduados (hasta $2,500 pesos), medicamentos incluidos en facturas de hospitales y cirugías.


D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad

Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, prótesis.


D03 Gastos Funerales

Del contribuyente y sus dependientes económicos hasta por el valor anual de una UMA ($39,606.36).


D04 Donativos.

A instituciones autorizadas por el SAT, hasta el 7% de los ingresos acumulables del contribuyente y hasta 4% para los otorgados a la Federación.


D05 Intereses reales pagados por créditos de casa habitación.

D06 Aportaciones voluntarias al SAR. (Afore)

D07 Primas por seguros de gastos médicos.

D08 Gastos de transportación escolar obligatoria.

D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones. Hasta aportaciones de $152,000 en el año.


D10 Pagos de colegiaturas.

Preescolar: 14,200 pesos.

Primaria: 12,900 pesos.

Secundaria: 19,900 pesos.

Profesional técnico: 17,100 pesos.

Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.


Requisitos indispensables


Los gastos mencionados que sean relacionados con el tema de salud pueden ser para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y hasta tus nietos.

Forzosamente se tienen que pagar estos gastos por parte del contribuyente mediante transferencia electrónica, tarjeta de débito, tarjeta de crédito y/o cheque. No se puede realizar el pago en efectivo; si lo haces, en automático pierdes el derecho a la deducción.

Debes de solicitar el CFDI (factura) a tu nombre y con tu RFC; la factura debe cumplir con todos los requisitos de Ley y cuando te soliciten el uso del CFDI debes de mencionarles el indicado con la clave correcta, que son las que te describo en este artículo.


Topes máximos de deducción


Es importante mencionar que estas deducciones personales tienen un tope máximo, el cual es cinco UMAS ($198,031.8 para la declaración que corresponderá al año 2024, que se presentará en 2025) o no puede exceder del 15% del total de sus ingresos, lo que resulte menor. Existen deducciones que no tienen este tope, las cuales son gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro.

Si actualmente tributas en el Régimen Simplificado de Confianza, no puedes aplicar deducciones personales.

Estás muy a tiempo de realizar de manera correcta tus gastos que puedes aprovechar como deducciones personales, y de esa manera buscar disminuir tu base gravable de ISR, e inclusive poder conseguir un saldo a favor que te sea devuelto.


Socio, Director en FP Corporativo.

francopadilla@fpcorporativo.com

@CPFRANCOPADILLA

Estamos en agosto, por lo que todavía tenemos algunos meses para terminar el año 2024 y este tema es de vital importancia para las personas físicas que presentan su declaración anual de ISR ante el SAT o que están obligadas a presentarla, como lo expliqué en un artículo anteriormente.

Es muy común que, a partir de abril, cuando se tiene la obligación de presentar la declaración anual de las personas físicas, se me acerquen varias personas a preguntar el porqué en su declaración anual les da un impuesto a pagar y no, como todos esperan, un importe a favor que les devuelvan, si realizaron varios gastos y los facturaron.

Son diversos y diferentes factores los que influyen en el cálculo anual para que una declaración salga a pagar o con saldo a favor, pero una constante es que realicen pagos durante el año los cuales pueden utilizarse como deducciones personales, pero los realicen de manera incorrecta y es por esto por lo que no pueden utilizarlos en su anual. A continuación, te mencionaré cuáles son los gastos que se consideran como deducciones personales y cuáles son los requisitos que debes cumplir para poder disminuir tu base gravable del ISR y aplicar la deducción que por derecho te corresponde.


D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios

Incluye las consultas psicológicas, nutricionales, análisis clínicos, radiografías, lentes graduados (hasta $2,500 pesos), medicamentos incluidos en facturas de hospitales y cirugías.


D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad

Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, prótesis.


D03 Gastos Funerales

Del contribuyente y sus dependientes económicos hasta por el valor anual de una UMA ($39,606.36).


D04 Donativos.

A instituciones autorizadas por el SAT, hasta el 7% de los ingresos acumulables del contribuyente y hasta 4% para los otorgados a la Federación.


D05 Intereses reales pagados por créditos de casa habitación.

D06 Aportaciones voluntarias al SAR. (Afore)

D07 Primas por seguros de gastos médicos.

D08 Gastos de transportación escolar obligatoria.

D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones. Hasta aportaciones de $152,000 en el año.


D10 Pagos de colegiaturas.

Preescolar: 14,200 pesos.

Primaria: 12,900 pesos.

Secundaria: 19,900 pesos.

Profesional técnico: 17,100 pesos.

Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.


Requisitos indispensables


Los gastos mencionados que sean relacionados con el tema de salud pueden ser para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y hasta tus nietos.

Forzosamente se tienen que pagar estos gastos por parte del contribuyente mediante transferencia electrónica, tarjeta de débito, tarjeta de crédito y/o cheque. No se puede realizar el pago en efectivo; si lo haces, en automático pierdes el derecho a la deducción.

Debes de solicitar el CFDI (factura) a tu nombre y con tu RFC; la factura debe cumplir con todos los requisitos de Ley y cuando te soliciten el uso del CFDI debes de mencionarles el indicado con la clave correcta, que son las que te describo en este artículo.


Topes máximos de deducción


Es importante mencionar que estas deducciones personales tienen un tope máximo, el cual es cinco UMAS ($198,031.8 para la declaración que corresponderá al año 2024, que se presentará en 2025) o no puede exceder del 15% del total de sus ingresos, lo que resulte menor. Existen deducciones que no tienen este tope, las cuales son gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro.

Si actualmente tributas en el Régimen Simplificado de Confianza, no puedes aplicar deducciones personales.

Estás muy a tiempo de realizar de manera correcta tus gastos que puedes aprovechar como deducciones personales, y de esa manera buscar disminuir tu base gravable de ISR, e inclusive poder conseguir un saldo a favor que te sea devuelto.


Socio, Director en FP Corporativo.

francopadilla@fpcorporativo.com

@CPFRANCOPADILLA