El martes se definirá si mantendremos un Poder Judicial independiente o no, si subsiste la división de poderes o no, si habrá ante quién defender nuestros derechos por abusos del poder o no, si seguimos en democracia y pluralidad, o pasamos a dictadura de partido.
Ese día se votará en la Suprema Corte de Justicia el proyecto de sentencia del ministro González Alcántara que propone invalidar parte de la reforma judicial publicada el 15 de septiembre. La resolución de la Suprema Corte confrontará también la subsiguiente reforma publicada este 1° de noviembre, que permitiría a la mayoría oficialista cambiar cualquier disposición constitucional sin control judicial.
El proyecto afirma que a la Suprema Corte, como Tribunal Constitucional, corresponde analizar la constitucionalidad de cualquier norma, incluso de las normas en la propia Constitución. El órgano o poder reformador de la Constitución sí está sujeto a control, a diferencia del Constituyente originario. Por los principios definitorios contenidos en las decisiones políticas fundamentales, llamadas “cláusulas pétreas” o “de Eternidad” contenidas en los artículos 1°, 40, 41 y 136. Aún ante un “mayoritismo desenfrenado”, los principios de dignidad humana, de derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, de división de poderes, de pluralidad, de República democrática, laica y federal; del ejercicio de la soberanía del pueblo por medio de los Poderes de la Unión, y de la supremacía e inviolabilidad de la Constitución. Son los principios fundamentales del Estado constitucional mexicano. Y no se pueden sustituir por el poder reformador, que también está sujeto a control; no es omnipotente.
Menciona el Artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana, de la OEA, que define como elementos esenciales de la democracia a la representación del pueblo y a la separación e independencia de los poderes. Y otros instrumentos internacionales. Precisa que las mayorías calificadas, reales o artificiales, no sustituyen a la soberanía popular.
Y considera varios vicios sustantivos de la reforma judicial que violan la división de poderes, la independencia del poder judicial y los derechos de la ciudadanía al acceso a la justicia. En primer lugar, por cesar o remover unilateral y arbitrariamente a la totalidad de jueces y magistrados, violando la inamovilidad del cargo que es garantía de permanencia, estabilidad, contra presiones externas al juzgador. En segundo lugar, por el método de nombramiento de jueces y magistrados, ausente de requisitos que aseguren su capacidad profesional. La falta de transparencia, objetividad, sobre la capacidad, idoneidad y ética profesional. Se postularían candidatos con procedimientos políticos sin estándar de calidad y mérito profesionales. Se subordinan listas a unos Comités de evaluación definido por las mayorías desenfrenadas de las cámaras y la presidenta de la república. Esos comités son filtros arbitrarios y partidistas. Su nominación no garantiza mínimos que protejan la división de poderes o la independencia judicial.
Explica que solo en la ciudad de México los ciudadanos votarían por mil 155 candidatos en la elección extraordinaria del 2025. El voto, para ser opción verdadera, debe ser voto informado; así es imposible. Impone a las entidades federativas un modelo único de poder judicial que viola al federalismo. Crean un tribunal con funciones disciplinarias amplias y ambiguas que son mecanismo de control gubernamental de las resoluciones judiciales. También invalida la reforma que impide medidas cautelares o suspensiones de normas generales inconstitucionales, citando en concreto el acceso a la justicia en asuntos ambientales que no podrían limitarse a favorecer solo a quienes las impugnen.
Los ministros se autocontienen, no analizan el cambio de régimen que les afecta, y la mayoría renunció a su cargo. Reconocen la crisis constitucional que vive el país, y piden recuperar un diálogo respetuoso entre los poderes, que desde AMLO se interrumpió por venganza. Si la presidenta no acepta dialogar destruirán al Estado Constitucional, por un régimen de dictadura partidista.
Analista político
@jalcants