La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT) informó que durante el ciclo agrícola otoño- invierno 2016 al ciclo primavera-verano 2018, se han atendido 481 quemas, establecido 403 expedientes de investigación y concluido 272, de los cuales; 75 concluyeron en amonestación, 75 en apercibimiento y 64 en multa.
Karina Padilla, titular de la Procuraduría, informó que durante el ciclo agrícola otoño- invierno 2016 al ciclo primavera-verano 2018, se han atendido 481 quemas, establecido 403 expedientes de investigación y concluido 272, de los cuales; 75 concluyeron en amonestación, 75 en apercibimiento y 64 en multa.
Se impusieron multas por 102 mil 350 pesos y como resultado del seguimiento a los procesos, fueron presentadas ante el ministerio público, cinco denuncias penales por delito ambiental o quema de esquilmo y actualmente se cuenta con 131 expedientes vigentes en alguna de las siguientes etapas: visita, dictamen, acuerdo de inicio, alegatos y proyectos de resolución.
Es de destacar
Como fundamento legal, la quema de esquilmo es una actividad que se encuentra tipificada como delito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 del código penal para el estado de Guanajuato.
Esta actividad se encuentra regulada mediante la norma NTA-IEE-005/2007, la que establece las especificaciones para la gestión integral de los residuos agrícolas así como para la prevención y control de la contaminación generada por su manejo inadecuado.
Esta norma es obligatoria para todas las agrupaciones de productores agrícolas, municipales, regionales y estatales. Sociedades cooperativas, ejidos, aparceros y a parcelistas así como propietarios individuales y poseedores de predios que se dedican a la actividad agrícola al igual que para cualquier persona o grupo de personas que realicen quemas esquilmos.