/ jueves 10 de octubre de 2019

Atrapan a una víbora de cascabel afuera del Congreso Local

A pesar de ser una especie protegida le dieron muerte.

GUANAJUATO, Gto; Una víbora de cascabel fue encontrada en las inmediaciones del Palacio Legislativo y un genízaro en el vidrio del elevador, por lo que se requiere reforzar la vigilancia y hacer la fumigación respectiva.

Luego de que fue atrapada por vigilantes del Poder Legislativo, le dieron muerte a la víbora y la depositaron en una cubeta, aunque no se tiene conocimiento quien o quienes fueron los responsables.

El Artículo 420 del Código Penal establece que la pena puede ir de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre.

Hay que señalar que la especie de víbora de cascabel se encuentra en la categoría de riesgo de la NOM-059- SEMARNAT 2010 sujeta a protección especial por lo que sacrificar a la especie es un delito federal que se persigue por oficio.

El Artículo 420 del Código Penal establece que la pena puede ir de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre, terrestre o acuáticas.

Mientras que en la Ley General de Vida Silvestre la sanción administrativa puede ser una multa por el equivalente de 50 a 50,000 veces el salario mínimo vigentes al Distrito Federal por infracciones al artículo 122 fracción III y IV.

Hay que mencionar que personal de seguridad ha localizado a otras dos víboras de cascabel, de menor dimensión. La tercera, la de ayer, tiene un metro de largo aproximadamente.

GUANAJUATO, Gto; Una víbora de cascabel fue encontrada en las inmediaciones del Palacio Legislativo y un genízaro en el vidrio del elevador, por lo que se requiere reforzar la vigilancia y hacer la fumigación respectiva.

Luego de que fue atrapada por vigilantes del Poder Legislativo, le dieron muerte a la víbora y la depositaron en una cubeta, aunque no se tiene conocimiento quien o quienes fueron los responsables.

El Artículo 420 del Código Penal establece que la pena puede ir de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre.

Hay que señalar que la especie de víbora de cascabel se encuentra en la categoría de riesgo de la NOM-059- SEMARNAT 2010 sujeta a protección especial por lo que sacrificar a la especie es un delito federal que se persigue por oficio.

El Artículo 420 del Código Penal establece que la pena puede ir de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre, terrestre o acuáticas.

Mientras que en la Ley General de Vida Silvestre la sanción administrativa puede ser una multa por el equivalente de 50 a 50,000 veces el salario mínimo vigentes al Distrito Federal por infracciones al artículo 122 fracción III y IV.

Hay que mencionar que personal de seguridad ha localizado a otras dos víboras de cascabel, de menor dimensión. La tercera, la de ayer, tiene un metro de largo aproximadamente.

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