/ martes 18 de septiembre de 2018

Morena plantea al Senado reforma legal para poner fin a desvíos en secretarías

La iniciativa presentada por los senadores Ricardo Monreal Ávila y Freyda Marybel Villegas Canché, enfatiza que “México ya no puede soportar más actos de corrupción"

Para frenar actos de presunta corrupción como la “estafa maestra’’, el grupo parlamentario de Morena en el Senado de la República, presentó una iniciativa de reforma para el artículo 1° de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En su exposición de motivos, el documento detalla los actos de corrupción conocido como la estafa maestra, en la cual la Auditoría Superior de la Federación detectó esquemas de desvíos en las auditorías realizadas a las cuentas públicas 2014, 2015 y 2016, durante la titularidad de Rosario Robles Berlanga en la Secretaría de Desarrollo Social y en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como en otras dependencias de la administración pública federal.

Al respecto, las conclusiones de la ASF en la auditoría practicada a la cuenta pública 2016, tiene observaciones por montos con posible daño al erario por 6,879 millones de pesos.

La iniciativa presentada por los senadores Ricardo Monreal Ávila y Freyda Marybel Villegas Canché, enfatiza que “México ya no puede soportar más actos de corrupción que se generen por autoridades que tienen a su cargo el uso de recursos públicos que deben destinarse, fundamentalmente, a cubrir las necesidades de sectores en situación de vulnerabilidad y en condiciones de pobreza y marginalidad, como son el desarrollo social y el ordenamiento territorial y agrario’’.

“Es insultante que tales actos de corrupción se realicen bajo el supuesto amparo de la ley y mediante la simulación de actos jurídicos entre entidades públicas que, si bien se formalizan mediante contrataciones, éstas no satisfacen los requerimientos legales y ocultan el desvío de recursos hacia fines particulares, como hemos visto lamentablemente en los últimos años’’.

Igualmente, las práctica consistente en la adjudicación directa que otorgan las dependencias y entidades en los tres órdenes de gobierno a universidades públicas, institutos de educación y otras instancias, sin que posean la capacidad técnica para cumplir con la responsabilidad adquirida y, además de que exceden el límite permitido de subcontratación, lo que genera sobreprecios e, inclusive, en diversos casos se ha determinado que los servicios subcontratados no fueron prestados, lo cual se ha convertido en una clara fuente de corrupción, señala el documento publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La reforma al párrafo décimo primero, del artículo 1° de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, quedaría como sigue:

Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien, los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración pública federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley; no obstante, dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate a un tercero para su realización.

En este último caso, el titular de la dependencia contratante deberá suscribir los contratos correspondientes y será responsable de vigilar el cumplimiento de los términos que se formalicen al amparo de este artículo.


Para frenar actos de presunta corrupción como la “estafa maestra’’, el grupo parlamentario de Morena en el Senado de la República, presentó una iniciativa de reforma para el artículo 1° de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En su exposición de motivos, el documento detalla los actos de corrupción conocido como la estafa maestra, en la cual la Auditoría Superior de la Federación detectó esquemas de desvíos en las auditorías realizadas a las cuentas públicas 2014, 2015 y 2016, durante la titularidad de Rosario Robles Berlanga en la Secretaría de Desarrollo Social y en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como en otras dependencias de la administración pública federal.

Al respecto, las conclusiones de la ASF en la auditoría practicada a la cuenta pública 2016, tiene observaciones por montos con posible daño al erario por 6,879 millones de pesos.

La iniciativa presentada por los senadores Ricardo Monreal Ávila y Freyda Marybel Villegas Canché, enfatiza que “México ya no puede soportar más actos de corrupción que se generen por autoridades que tienen a su cargo el uso de recursos públicos que deben destinarse, fundamentalmente, a cubrir las necesidades de sectores en situación de vulnerabilidad y en condiciones de pobreza y marginalidad, como son el desarrollo social y el ordenamiento territorial y agrario’’.

“Es insultante que tales actos de corrupción se realicen bajo el supuesto amparo de la ley y mediante la simulación de actos jurídicos entre entidades públicas que, si bien se formalizan mediante contrataciones, éstas no satisfacen los requerimientos legales y ocultan el desvío de recursos hacia fines particulares, como hemos visto lamentablemente en los últimos años’’.

Igualmente, las práctica consistente en la adjudicación directa que otorgan las dependencias y entidades en los tres órdenes de gobierno a universidades públicas, institutos de educación y otras instancias, sin que posean la capacidad técnica para cumplir con la responsabilidad adquirida y, además de que exceden el límite permitido de subcontratación, lo que genera sobreprecios e, inclusive, en diversos casos se ha determinado que los servicios subcontratados no fueron prestados, lo cual se ha convertido en una clara fuente de corrupción, señala el documento publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La reforma al párrafo décimo primero, del artículo 1° de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, quedaría como sigue:

Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien, los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración pública federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley; no obstante, dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate a un tercero para su realización.

En este último caso, el titular de la dependencia contratante deberá suscribir los contratos correspondientes y será responsable de vigilar el cumplimiento de los términos que se formalicen al amparo de este artículo.


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